Qüentas » Fiscal » Permiso Retribuido Recuperable – BOE
Dejamos aquí, BOE publicado ayer domingo día 29 de marzo de 2020, donde se aprueban el permiso retribuido recuperable para aquellos trabajadores que no se encuentren dentro de las actividades esenciales.
En lo que consiste basicamente, es que las personas disfrutarán de un permiso retribuido recuperable obligatorio entre el 30 de marzo de 2020 y 9 de abril de 2020, ambos inclusive.
A estos trabajadores, les corresponde la misma retribución salarial que si hubieran estado trabajando y tendrán que recuperar esas horas antes del 31 de diciembre de 2020.
En el Anexo, vienen reflejadas qué actividades, no están sujetas a este permiso retribuido recuperable.
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