Qüentas » Fiscal » Gastos deducibles para autónomos, ¿los conoces todos? (II)
Conocer cuáles son los gastos deducibles para autónomos, te permite mejorar la rentabilidad de tu negocio, y evitar problemas con Hacienda. Seguimos con la relación de gastos deducibles para los autónomos, que habíamos iniciado en nuestro anterior post. Presta atención y comprueba si estás realmente deduciendo todos los gastos que Hacienda permite deducir.
Los gastos para la creación y mantenimiento de la página web y otros gastos relacionados se pueden deducir: el diseño, la compra del dominio, el hosting, la creación de cuentes de correo electrónico, etc.
Los gastos de asesoría contable y fiscal, así como asesoría legal y laboral, son gastos habituales relacionados con la gestión de tu negocio.
Por tanto, si contratas nuestros servicios de asesoría contable, fiscal y laboral, podrás deducir los importes de nuestros servicios.
Los gastos por servicios de profesionales independientes: auditores, abogados, notarios, consultores, etc., son deducibles.
Los gastos financieros, como comisiones bancarias de tarjetas o cuentas, o los intereses de préstamos otorgados.
Si tienes personal contratado, son deducibles los gastos en sueldos y salarios y todos los gastos como la Seguridad Social a cargo de la empresa, indemnizaciones, dietas o gastos de viajes de los empleados, gastos de formación y contribuciones a planes de pensiones de los empleados.
Las cuotas de autónomo que pagas a la Seguridad Social son deducibles. Este gasto no dispone de factura o ticket. Suele requerirse un justificante del pago, que puede ser el recibo del banco.
Los gastos por dietas, incluyen las consumiciones realizadas en hoteles, bares y restaurantes. Es un gasto muy discutido por Hacienda, ya que no es fácil distinguirlo de un gasto personal.
Para evitar problemas, paga siempre con tarjeta (a ser posible asociada al negocio), pide factura o factura simplificada a tu nombre, y no superes el importe diario establecido: 26,67€ por día en España y 48,08€ por día si es en el extranjero. En caso de pasar la noche fuera, el importe aumenta a 54,34€ por día en España y 91,35€ por día si es un desplazamiento internacional.
Los gastos de vehículos de uso exclusivo para el negocio, como una furgoneta de reparto: todos los gastos de compra, uso y mantenimiento son deducibles.
Las primas de seguros relacionados con tu actividad, como el seguro de responsabilidad civil, un seguro de vida o el seguro médico son deducibles.
En el caso del seguro médico, podrás deducir tanto el tuyo propio como el de tu cónyuge y los hijos menores de 25 años que convivan contigo, en un importe de 500 euros por cada uno.
Las reparaciones y la conservación de activos materiales afectos a la actividad, como gastos de mantenimiento, sustitución o adaptación de elementos, son deducibles siempre que no sean una ampliación o mejora, ya que en este caso se consideran gastos amortizables.
Hay otros tributos, tasas y recargos que son fiscalmente deducibles.
Por ejemplo: el IAE (Impuesto de actividades económicas), el IBI (impuesto sobre bienes inmuebles) o tasas de basuras, pero estos solo los puede deducir quien los paga. Es decir, en caso de estar alquilado, el IBI suele pagarlo el propietario del local, por lo que no podrás deducirlo en tu IRPF.
Como os indicábamos, estos son los principales gastos deducibles para los autónomos, pero según el tipo de negocio, puede haber algún gasto específico adicional.
Si tienes alguna duda al respecto, no dejes de consultarnos. ¿Se te resiste la gestión contable y fiscal? Podemos encargarnos por ti. Somos una asesoría contable, fiscal y laboral especializada en autónomos y PYMES.
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