Qüentas » Declaración de la renta » Declaración de la Renta 2022: ¿estoy obligado a declarar?
El día 11 de abril de 2023 comienza la campaña de Renta 2022, momento clave para los trabajadores por cuenta propia y por cuenta ajena, ya que deberán presentar su declaración de la renta con sus ingresos del año 2022 a Hacienda.
Y este es el momento en que muchos se preguntan: ¿estoy obligado a declarar IRPF?
Aquí te contamos si estás obligado, y cuáles son las fechas a tener en cuenta para evitar retrasos y posibles sanciones.
Pero, incluso si no estás obligado, te recomendamos revisar el borrador ya que, en caso de poder aplicarte deducciones, esto puede dar lugar a una devolución por parte de Hacienda.
De manera general, están obligados a presentar declaración de IRPF los trabajadores por cuenta ajena con unos ingresos en 2022 superiores a 22.000 euros de un único pagador, o superiores a 14.000 euros provenientes de varios pagadores siendo los rendimientos del segundo y restantes pagadores superiores a 1.500 euros en conjunto.
En caso de trabajadores por cuenta propia (autónomos), todos están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de los ingresos generados.
Igualmente, están obligados a declarar los contribuyentes que hayan obtenido unos rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales de más de 1.600 euros en 2022. O en caso de rentas inmobiliarias imputadas y subvenciones para adquirir una vivienda de protección oficial y otras ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas si superan los 1.000 euros anuales.
En caso de no estar obligados por no cumplir los criterios antes indicados, sí tendrás que presentar la declaración para solicitar una deducción que reduce la base imponible, como una deducción por inversión en vivienda habitual, por doble imposición, o si se han hecho aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados y otros.
O también en caso de querer solicitar una devolución recogida en la normativa de IRPF como, por ejemplo, retenciones e ingresos a cuenta soportados, deducciones por maternidad, familia numerosa o personas con discapacidad a su cargo.
Se puede solicitar por teléfono o presencialmente, pero lo más rápido es solicitarlo en la web de la Agencia Tributaria.
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