Qüentas » Laboral » Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.
El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa intentará favorecer la contratación juvenil. Este tipo de contrato permanecerá operativo hasta que la tasa de paro de España se sitúe por debajo del 15%.
Los jóvenes menores de 30 años, podrán formarse al mismo tiempo que ganan experiencia laboral.
El contrato está regulado por el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, del cual podemos extraer las siguientes características.
Requisitos de los trabajadores:, tienen que ser menores de 30 años y cumplir las siguientes características.
Formación: una de las características fundamentales de este contrato es, que los trabajadores deben formarse y trabajar a la vez o justificar haber obtenido dicha formación seis meses anteriores a la celebración del contrato.
La formación no tienes porque estar relacionada con el puesto de trabajo. Podrá tratarse de:
Podrán hacer uso de este contrato todas las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, con la siguiente limitación: no haber despedido improcedente a ningún trabajador en el mismo grupo profesional y centro de trabajo del futuro contrato.
Los incentivos del contrato se mantendrán siempre y cuando el empresario no reduzca el nivel de empleo en los doce meses siguientes a la contratación. Deberá mantener el número de empleados si no quiere devolver los incentivos recibidos por la contratación.
No se considerará incumplimiento del mantenimiento de empleo en los siguientes supuestos:
La formalización del contrato deberá realizarse por escrito en el modelo establecido y se comunicará al Servicio Público de Empleo en el plazo 10 días desde la contratación.
Real Decreto-Ley 4 /2013, de 22 de febrero (B.O.E. 23 de febrero).
Hola,
Había leído ya esta información en el BOE, pero mi duda es el tipo de formación y cómo acreditarla:
«Formación acreditable oficialmente o promovida por los Servicios Públicos de Empleo»
¿Cuántas horas, cursos del INEM etc?
«Formación en idiomas o tecnologías de la información y la comunicación de una duración mínima de 90 horas en cómputo anual.»
Si se hace durante el contrato, ¿Cómo se justifica? ¿A posteriori?
Y, ¿tienen que ser realizados en organismo oficial (véase Escuela Oficial de Idiomas), o vale cualquier academia de inglés, por ejemplo? ¿Ha de aprobarse el curso?
Gracias por su atención