Qüentas » Laboral » Autónomo Colaborador: requisitos y beneficios de contratarlo
¿Eres un autónomo y estás pensando en incorporar a algún familiar en tu actividad? Necesitas saber qué es un Autónomo Colaborador y qué ventajas tiene su contratación.
Hoy vamos a analizar una figura especial en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), que es la del autónomo colaborador o familiar, figura que puede ser muy útil y necesaria en muchas PYMES.
Un autónomo colaborador es un familiar con una relación de parentesco hasta un segundo grado incluido con el trabajador autónomo que lo contrata para trabajar en su negocio por cuenta propia de forma habitual.
La relación de parentesco puede ser de consanguinidad, afinidad o adopción.
Esta figura es idónea para las pequeñas y medianas empresas, dado que estos colaboradores conocen mejor el negocio familiar y habitualmente tienen un grado de compromiso mayor que un colaborador externo.
Sin embargo, se produce una dualidad en este trabajador. Para la Seguridad Social se trata de un trabajador por cuenta propia (y por ello, debe cotizar en el RETA); pero para la Agencia Tributaria es un trabajador por cuenta ajena.
La Seguridad Social establece una serie de requisitos para poder cotizar como autónomo colaborador:
Indudablemente, incorporar a tu negocio a un autónomo colaborador tiene unas importantes ventajas:
Transitoriamente y para el ejercicio 2023 no se ha podido elegir una base de cotización mensual inferior a 1.000€. Para la aplicación de esta base mínima bastará con haber figurado un mínimo de 90 días en alta en este régimen.
Actualmente, la cuota mínima que debe abonar un colaborador autónomo es de 306 euros mensuales, correspondiente a dicha base mínima de 1.000 euros. Esta cifra coincide con la que pagan el resto de trabajadores por cuenta propia afiliados al RETA y puede verse beneficiada de bonificaciones, según hemos explicado anteriormente.
Para poder acogerse a las bonificaciones, el colaborador deberá cumplir varios requisitos. Consúltanos sobre este extremo y sobre todo lo relativo al autónomo colaborador, para valorar previamente la conveniencia de esta contratación.
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