Qüentas » Laboral » Aspectos que debe contener el acuerdo del teletrabajo y sanciones de no cumplir con la norma
Si te preguntas cuáles son los aspectos que debe contener el acuerdo del teletrabajo, en este artículo vamos a resolver algunas de estas cuestiones. Así, como expertos en asesoría laboral y especialmente en asesoría para empresas, vamos a comentarte sus características más importantes.
En primer lugar, has de saber que es obligatorio disponer de un acuerdo por escrito que firmen tanto el responsable de la empresa como el empleado. En este documento deberán aparecer las condiciones laborales acordadas y definirse los objetivos de forma cuantitativa.
Asimismo, no podemos olvidar que las empresas son las encargadas de proporcionar a todos sus empleados el material necesario (equipos informáticos, teléfonos móviles, etc.), así como la formación adecuada para llevar a cabo este trabajo.
Por otra parte, aunque esta cuestión es ya más flexible, uno de los aspectos que debe tener este acuerdo es la comunicación. Cuando no disponemos un lugar físico de trabajo, a veces nos resulta más difícil ponernos en contacto con otros compañeros. Sin embargo, sí que podemos utilizar una gran cantidad de herramientas de gestión y mejora de la productividad de los trabajadores.
En este sentido, es posible facilitar el teletrabajo en la empresa si cuentas con la ayuda de algunos programas como, por ejemplo, Trello o Microsoft Teams (en el caso de las videollamadas). Además, este apoyo informático puede permitir la organización horaria, el control de las horas que realiza cada trabajador, la supervisión, etc. En definitiva, todo ese seguimiento que resulta imprescindible para asegurar que el trabajo a distancia sea lo más justo posible para cada uno de los empleados.
Las sanciones a las que se pueden enfrentar las compañías si no respetan el acuerdo de teletrabajo son variadas, con multas que pueden ir desde 626 hasta 6250 euros. El importe dependerá de los errores que hayan cometido en relación con el contrato firmado con los trabajadores. Sería más grave que sus empleados no dispusieran de ningún acuerdo formal. Por eso, respecto a la asesoría laboral en el teletrabajo te recomendamos que sigas en todo momento el Real Decreto Ley 28/2020 promulgado el 22 de septiembre, texto normativo que regula esta modalidad laboral.
En conclusión, como especialistas en asesoría laboral te aconsejamos que tengas en cuenta todos los aspectos que te hemos comentado en este artículo. No olvides que adaptarse a las nuevas leyes puede suponer un hándicap para muchas empresas, pero a la vez es necesario y obligatorio. Por ello, te animamos a que no pierdas de vista las características y las condiciones de este nuevo acuerdo entre la empresa y sus trabajadores para desempeñar sus funciones a distancia.